AAS/Globovisión
En la Gaceta Oficial Número 39.335 fue publicada la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 24 de noviembre de 2009. La normativa promueve el manejo de los recursos que son transferidos a los consejos comunales para la ejecución de sus proyectos ordinarios a través de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria.
La institución funcionará como un ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro de la intermediación financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales. La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria estará conformada por cinco personas electas por voto popular, los cuales 'incurrirán en responsabilidad civil, penal y administrativa, según sea el caso, por los actos hechos u omisiones que alteren el destino de los recursos del Consejo Comunal, por lo cual serán sancionados conforme a las leyes que regulen la materia”, según reza en el artículo 32.
La legislación también establece que los Consejos Comunales son instancias que permitirán “al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de de las políticas públicas”. Entre los valores y principios de los Consejo Comunales se encuentran la participación, democracia, solidaridad, territorialidad “con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico.
La legislación también establece que los Consejos Comunales son instancias que permitirán “al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de de las políticas públicas”. Entre los valores y principios de los Consejo Comunales se encuentran la participación, democracia, solidaridad, territorialidad “con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico.
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