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La Asamblea Nacional realiza una sesión extraordinaria para determinar si será retirada la inmunidad parlamentaria al diputado Wilmer Azuaje. La presidenta de la Asamblea Nacional, Cilia Flores, explicó que el diputado William Azuaje será juzgado por un caso de flagrancia por decisión del Tribunal Supremo de Justicia. Flores resaltó que la Cámara no debatirá sobre la culpabilidad o la inocencia de Azuaje, pues eso es competencia del TSJ. El Parlamento deberá decidir si se allana o no la inmunidad parlamentaria del implicado para que sea juzgado por un tribunal especial.
El diputado Carlos Escarrá explicó que se debe crear una comisión que tendría un lapso de 30 días para presentar un informe de fondo sobre los hechos. Sin embargo, señaló que los delitos cometidos en flagrancia permiten que los ciudadanos sean detenidos en el acto y juzgados bajo una medida privativa de libertad.
“La flagrancia rompe los esquemas de los procedimientos. Si yo como diputado estoy cometiendo un delito, la autoridad me retiene e informa al TSJ. Aquí no va a la Fiscalía para que presente una querella. La Sala Plena del TSJ, de conformidad con el artículo 266 de la Constitución, el artículo 5 y el artículo 22 de la Ley Orgánica del TSJ, hace un pronunciamiento sobre varios elementos: si existió la flagrancia, si constituye delito y hacen una presunta precalificación", dijo Escarrá.
El diputado destacó que, según el procedimiento que se sigue en estos casos, el TSJ se pronuncia sobre la detención del funcionario y luego remite el caso a la Cámara para que se pronuncie sobre la inmunidad. "No se hace ningún antejuicio porque agarraron infraganti a la persona”, dijo.
El artículo 266 de la Constitución establece lo siguiente:
Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia:
-Ejercer la jurisdicción constitucional conforme al Titulo VIII de la Constitución.
-Declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Presidente o Presidenta de la República o quien haga sus veces, y en caso afirmativo, continuar conociendo de la causa previa autorización de la Asamblea Nacional, hasta sentencia definitiva.
-Declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Vicepresidente o Vicepresidenta de la República, de los o las integrantes de la Asamblea Nacional o del propio Tribunal Supremo de Justicia, de los Ministros o Ministras, del Procurador o Procuradora General, del Fiscal o Fiscala General, del Contralor o Contralora General de la República, del Defensor o Defensora del Pueblo, los Gobernadores o Gobernadoras, oficiales u oficialas generales y almirantes de la Fuerza Armada Nacional y de los jefes o jefas de las Misiones diplomáticas de la República y, en caso afirmativo, remitir los autos al Fiscal o Fiscala General de la República o a quien haga sus veces, si fuere el caso; y si el delito fuere común, continuará conociendo de la causa hasta la sentencia definitiva.
-Dirimir las controversias administrativas que se susciten entre la República, algún Estado, Municipio u otro ente público, cuando la otra parte sea alguna de esas mismas entidades, a menos que se trate de controversias entre Municipios de un mismo Estado, caso en el cual la ley podrá atribuir su conocimiento a otro tribunal.
-Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individuales del Ejecutivo Nacional, cuando sea procedente.
-Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, en los términos contemplados en la ley.
-Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior o común a ellos en el orden jerárquico.
-Conocer del recurso de casación.
-Las demás que le atribuya la ley.
-La atribución señalada en el numeral 1 será ejercida por la Sala Constitucional; las señaladas en los numerales 2 y 3, en Sala Plena; y las contenidas en los numerales 4 y 5, en Sala Político-administrativa. Las demás atribuciones serán ejercidas por las diversas Salas, conforme a lo previsto por esta Constitución y la ley.
Escarrá destacó que el derecho de la inmunidad “no constituye, bajo ninguna circunstancia, una patente de corso como para que los diputados cometamos delitos y atropellemos a las demás personas. No es un derecho, y menos aún un derecho absoluto”.
Para el diputado Mario Isea, se debe entender que “inmunidad es una cosa e impunidad es otra".
"Ante el atropello a la ley, el vilipendio, el desprestigio permanente de la autoridad legítimamente constituida, se pretende tener impunidad. Basta con ser un actor de oposición para pretender tener inmunidad e impunidad ante cualquier acción. La inmunidad no es para abusar de la condición del diputado", destacó.
El diputado Wilmer Iglesias, por su parte, explicó que “la inmunidad no puede estar asociada al atropello, a la impunidad", pero que antes de acusar al parlamentario y quitarle su inmunidad se debe abrir una investigación sobre el caso. Si esa comisión determina una manera irresponsable de actuar de ese diputado, se procederá. No los podemos acompañar en esta acción. Creemos que se debe nombrar una comsión para investigar y llegar al fondo”, dijo.
Luego de su discurso todo el bloque del PPT se retiró del Parlamento.
Oposición opina que "se está montando una olla para salir de Wilmer Azuaje"
El diputado Ismael García explicó que en la División de Vehículos del CICPC se presentó una discusión de funcionarios con Wilmer Azuaje y que el comisario Wilmer Flores Trossel le habría garantizado que éste saldría en libertad. "Conseguí a Wilmer esposado. El único que ha sido fisciamente agredido es el diputado Azuaje. Flores Trossel nos decía que no nos preocupáramos, que iban a resolver el problema. Era una mentira, una farsa que se estaba montando", afirmó.
García aseguró que jamás defendería a sus compañeros si se atrevieran a agredir a una mujer. "Se está montando una olla para salir de Wilmer Azuaje. Será juzgado por la historia y se sabrá lo que realmente pasó. Se trata de un juicio express que se construyó de la noche a la mañana. Se le han violado todos los derechos a este diputado", declaró.
El diputado Juan José Molina destacó que "el antejuicio de mérito es condición sine qua non y no podemos permitir que esa prerrogativa sea quitada".
Molina denunció que no le respetaron a Wilmer Azuaje su investidura de diputado y que con el posible allanamiento a su inmunidad parlamentaria se estarían violando la Constitución, el Reglamento de Interior y Debates y el Código Orgánico Procesal Penal.
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