Según la gaceta 39.593, el BCV ordenó la liquidación de dólares a 2,60 a algunos solicitantes para los conceptos del artículo 1 del Convenio Cambiario 14, el artículo 3 del Convenio Cambiario 15 y 1 del Convenio Cambiario 17.
El BCV aclaró que liquidará a 2,60 las solicitudes que cumplan con los artículos de los convenios mencionados si fueron solicitados por CADIVI al ente emisor antes del 31 de diciembre de 2010.
El BCV aclaró que liquidará a 2,60 las solicitudes que cumplan con los artículos de los convenios mencionados si fueron solicitados por CADIVI al ente emisor antes del 31 de diciembre de 2010.
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