Por: VenEconomía
La Asamblea Nacional tiene en agenda la primera discusión del proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos Inmobiliarios. Esta normativa es la primera ley que sale del "Pueblo Legislador", una nueva figura que permite a la ciudadanía elaborar leyes y presentarlas al Parlamento para su aprobación.
Lamentablemente esta ley nace con varios hándicaps.
El primero de ellos, y la base de todos los desafueros que contiene la ley, es que fue redactada inconsulta y unilateralmente por uno de los sujetos de la Ley, que a la vez está tutelado por el sector oficial. En consecuencia el resultado ha sido, una ley que desconoce los derechos del otro, los constructores y propietarios de las viviendas, precisamente quienes invierten y arriesgan esfuerzo y capital.
Es además, una ley que propulsa el Gobierno por razones electoreras, con miras a las presidenciales de 2012. Sabe bien el Gobierno que millones de venezolanos sufren por la falta de viviendas y que se aferrarán a cualquier promesa supuesta a solucionar su problema, por muy baldía que ella sea.
Sin embargo, la realidad es que si se aprobara este proyecto de Ley en vez de solucionar la crisis habitacional, la agravaría, pues la escasa oferta de viviendas en alquiler desaparecería.
Resulta que, entre otras barrabasadas, el proyecto de Ley propone:
a) Que los constructores privados dediquen para alquiler 25% de las nuevas viviendas que construyan. Además le impone como obligación contractual que al cabo de 10 años, la vivienda sea vendida al inquilino al precio que fije el Gobierno.
b) Que el Gobierno y la Dirección de Inquilinato tengan la facultad para fijar los precios de venta, con descuentos de hasta 25% si el comprador es el inquilino.
c) Que el desalojo de la vivienda, aún cuando sea por causas atribuibles a incumplimientos del inquilino, sólo podrá ejecutarse cuando éste tenga otro lugar donde vivir.
d) Que la máxima rentabilidad de los inmuebles varíe de 1% hasta 4% anual, dependiendo del valor del inmueble y que el valor de los mismos descienda según parámetros que decida el Ejecutivo.
e) Que el inmueble alquilado sea expropiado si el propietario incurre en tres faltas contra la Ley y además posea más de cinco inmuebles en arrendamiento.
Tal como está redactada la Ley perjudicará a arrendadores y arrendatarios y afectará también a las construcciones para la venta. Nadie se arriesgará a invertir, cuando además de no ser rentable, terminaría quedándose sin su propiedad.
Lamentablemente esta ley nace con varios hándicaps.
El primero de ellos, y la base de todos los desafueros que contiene la ley, es que fue redactada inconsulta y unilateralmente por uno de los sujetos de la Ley, que a la vez está tutelado por el sector oficial. En consecuencia el resultado ha sido, una ley que desconoce los derechos del otro, los constructores y propietarios de las viviendas, precisamente quienes invierten y arriesgan esfuerzo y capital.
Es además, una ley que propulsa el Gobierno por razones electoreras, con miras a las presidenciales de 2012. Sabe bien el Gobierno que millones de venezolanos sufren por la falta de viviendas y que se aferrarán a cualquier promesa supuesta a solucionar su problema, por muy baldía que ella sea.
Sin embargo, la realidad es que si se aprobara este proyecto de Ley en vez de solucionar la crisis habitacional, la agravaría, pues la escasa oferta de viviendas en alquiler desaparecería.
Resulta que, entre otras barrabasadas, el proyecto de Ley propone:
a) Que los constructores privados dediquen para alquiler 25% de las nuevas viviendas que construyan. Además le impone como obligación contractual que al cabo de 10 años, la vivienda sea vendida al inquilino al precio que fije el Gobierno.
b) Que el Gobierno y la Dirección de Inquilinato tengan la facultad para fijar los precios de venta, con descuentos de hasta 25% si el comprador es el inquilino.
c) Que el desalojo de la vivienda, aún cuando sea por causas atribuibles a incumplimientos del inquilino, sólo podrá ejecutarse cuando éste tenga otro lugar donde vivir.
d) Que la máxima rentabilidad de los inmuebles varíe de 1% hasta 4% anual, dependiendo del valor del inmueble y que el valor de los mismos descienda según parámetros que decida el Ejecutivo.
e) Que el inmueble alquilado sea expropiado si el propietario incurre en tres faltas contra la Ley y además posea más de cinco inmuebles en arrendamiento.
Tal como está redactada la Ley perjudicará a arrendadores y arrendatarios y afectará también a las construcciones para la venta. Nadie se arriesgará a invertir, cuando además de no ser rentable, terminaría quedándose sin su propiedad.
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