Por: VenEconomía
Cada vez se hace más público y notorio que la Venezuela en manos de la revolución castrocomunista se ha colocado a espaldas de la justicia internacional, al ser hoy el único país que no cumple los mandatos obligatorios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).
Este jueves, las delegaciones de 34 países presentes en la clausura de la 43º Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) serán informadas por el presidente de la CorteIDH, Diego García-Sayán Larraburre, de uno (de otros tantos) de los desacatos incurridos por el gobierno de Venezuela.
García-Sayán Larraburre, al presentar su informe anual, hará mención especial al Estado venezolano por haber éste “declarado inejecutable la sentencia que dictó el mencionado juzgado internacional el 5 de agosto de 2008 a favor de los jueces destituidos de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo Juan Carlos Apitz, Perkins Rocha y Ana Ruggeri” cuyo único pecado fue el de hacer cumplir la ley, cosa que no fue del agrado del entonces Presidente, Hugo Chávez. O sea, el mismo rasero de la “justicia revolucionaria” que se le aplicó a la juez María Lourdes Afiuni años después.
En 2008, la CorteIDH ordenó que los jueces Apitz, Rocha y Ruggeri fuesen reintegrados a sus cargos como magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, dado que el Estado venezolano había violado los artículos 8.1 (Garantías Judiciales) y 25.1 (Protección Judicial) de la convención regional en materia de DDHH. Y que además el Estado debía “reparar a las víctimas por los beneficios salariales y económicos dejados de percibir desde que fueron destituidos hasta su efectiva reincorporación” así como compensarlos por los daños inmateriales ocasionados por la sentencia en su contra.
Aunque esta es la primera vez que se informa formalmente a todos los miembros de la OEA que un Estado se niega a cumplir una sentencia de la CorteIDH, no es la única decisión de la CorteIDH que el gobierno venezolano en tiempos de “revolución” desacata o anuncia que desacatará. Sobran los precedentes.
Uno de ellos es el caso del líder democrático Leopoldo López. El 1º septiembre de 2011, la CorteIDH falló a favor de López, inhabilitado políticamente desde 2008, dictaminando que “el Estado (venezolano) es responsable por la violación del derecho a ser elegido (…), en relación con la obligación de respetar y garantizar los derechos, establecida en el artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio del señor López Mendoza”. A la fecha López sigue inhabilitado políticamente y, dentro de la cacería política del gobierno de Maduro después del 14 de abril, ha sido imputado por los mismos supuestos delitos por los que fue inhabilitado.
Para la “revolución” la justicia es una pieza que se elabora a la medida de sus intereses y los únicos compromisos que se cumplen son los que le favorecen.
Para muestra dos botones: 1) La afirmación de la ex presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estela Morales, indicando que una decisión de un organismo internacional “no invalida para nada” la acción del Estado venezolano y su Constitución. 2) La declaración del canciller Elías Jaua, quien en una respuesta anticipada sobre el caso de RCTV, exclamó que la decisión de la CorteIDH no será acatada “por inmoral, por tarifada, por inconstitucional y por violatoria de la soberanía”.
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