lunes, 19 de septiembre de 2011

Compañías de telefonía móvil tienen 90 días para crear registro automatizado de IMEI


Conatel publicó la providencia administrativa Nº 1.869 con la norma técnica para el registro y bloqueo de equipos de telefonía móvil reportados como robados o extraviados. Esta normativa entra en vigencia con su publicación este lunes en la Gaceta Oficial Nº 39.759.


La normativa fue publicada "visto que se han suscitado situaciones vinculadas al robo y hurto de equipos terminales de telefonía móvil, tendentes a perturbar la tranquilidad y seguridad de las personas y sus bienes, así como a facilitar la comisión de hechos punibles".

El artículo 5 de la legislación, establece que los operadores de telefonía móvil deberán crear y mantener un registro actualizado de IMEI de los equipos, aun cuando los mismos no sean comercializados en sus tiendas.

También se prohíbe la activación de teléfonos con IMEI bloqueados y deberán informar a los interesados por qué no se realiza la activación.

Los operadores deberán garantizar que los usuarios puedan realizar el reporte de robo o extravío durante las primeras 24 horas del hecho a lo largo del año. El reporte podrá hacerse por vía telefónica, presencial o a través de internet.

"En ningún caso, el bloqueo del equipo terminal de telefonía móvil implicará la pérdida de la titularidad de la línea", aclara el artículo 15.

También se establece que el usuario que demuestre la titularidad podrá solicitar el desbloqueo del teléfono.

Las compañías de telefonía móvil tienen un lapso de 90 días para colocar el funcionamiento un sistema automatizado de captura de IMEI y deberán empezar a recibir las denuncias por robo o extravío en 30 días.

Globovisión

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