Las decisiones impugnadas se refieren a la adquisición forzosa de los bienes del grupo Agroisleña y a la designación de la junta administradora de los mismos.
NDO/EL UNIVERSAL
Caracas.- El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el recurso de nulidad contra los decretos de expropiación y ocupación de Agroisleña.
Una nota de prensa emitida por el máximo tribunal señala que fue admitido el recurso de nulidad que interpusieran los representantes legales de las sociedades mercantiles Proyafa Internacional, S.L.U., Verica Atlántica, S.L.U., Inica Latinoamericana, S.L.U. y Agroinsumos Ibero-Americanos, S.L.U. contra dos decretos dictados por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y contra una resolución emanada del Ministro Agricultura y Tierras.
Las decisiones impugnadas corresponden al Decreto presidencial Nº 7.700 (4 de octubre de 2010) mediante el cual se ordenó la adquisición forzosa de los bienes del grupo Agrioisleña C.A., Sucesora Enrique Fraga Alfonso y de sus empresas asociadas, y se acordó el inicio del correspondiente procedimiento expropiatorio sobre los activos de dichas sociedades mercantiles; la Resolución Nº 068 (7 de octubre de 2010) dictada por el Ministro de Agricultura y Tierras - por la cual se designó una Junta Administradora ad-hoc sobre los bienes afectados por el referido decreto expropiatorio - y el Decreto presidencial Nº 7.718 (12 de octubre de 2010), a través del cual se designó una nueva Junta Directiva para la administración de los bienes expropiados.
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