Luisa Estela Morales, presidenta del Tribunal Supremo de Justicia | Jesús Ordoñez
En el informe de Provea se precisa que fueron desestimadas todas las acciones judiciales contra el jefe del Estado (21) durante el año analizado. Incluso, las más recientes decisiones a favor de Chávez indican que el Presidente puede actuar penalmente contra cualquiera que solicite su enjuiciamiento
La posibilidad de ganarle un juicio al Gobierno es escasa. 90% de las demandas interpuestas contra organismos estatales fueron rechazadas por el Tribunal Supremo de Justicia, según se indica en el Informe Anual del Programa Venezolano de Educación-Acción Derechos Humanos, correspondiente al período entre octubre de 2009 y septiembre de 2010.
La tendencia verificada por Provea a partir de datos oficiales del TSJ fundamenta las reiteradas denuncias de falta de independencia y autonomía del Poder Judicial venezolano, lo cual implica una fragilidad institucional que incide de manera negativa en la vigencia del Estado de Derecho y el ejercicio pleno de las libertades establecidos en la Constitución.
En términos prácticos explica el profesor universitario Antonio Canova el ciudadano queda indefenso ante eventuales arbitrariedades en el ejercicio del poder público: "El Estado de Derecho consiste en la actuación de todos los integrantes de la sociedad conforme a unas leyes abstractas, precisas y determinadas. Y si alguien incumple la ley, entre ellos el propio Estado, intervienen los tribunales. Pero si los tribunales no controlan con imparcialidad las actuaciones del Gobierno, el Estado de Derecho no existe".
En el informe de Provea se precisa que fueron desestimadas todas las acciones judiciales contra el jefe del Estado (21) durante el año analizado.
Incluso, las más recientes decisiones a favor de Chávez indican que el Presidente puede actuar penalmente contra cualquiera que solicite su enjuiciamiento.
La Fiscalía General de la República también ha resultado intocable. Sólo prosperaron demandas contra la Asamblea Nacional, el Consejo Nacional Electoral y la Contraloría General de la República.
Canova se ha dedicado a registrar en detalle las sentencias de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y sus últimos estudios estadísticos confirman el análisis de Provea. De las 3.127 resoluciones dictadas desde el 1º de enero de 2007 hasta el 30 de junio de 2008 sólo 325 (14,15%) dieron respuestas de fondo a las demandas. En ese período, sólo un particular tuvo éxito al enfrentarse con el Estado: la jueza Yolanda del Carmen Vivas, que había sido removida de su cargo arbitrariamente.
Entre octubre de 2009 y septiembre de 2010 aumentó 47,15% el número de sentencias del máximo tribunal que no resuelven los conflictos planteados, sino que se limitan a aspectos de forma.
La ex presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa, explica que los formalismos innecesarios en la administración de justicia están prohibidos por la Constitución y, en la práctica, constituyen una modalidad de negación de acceso a la justicia: "El ciudadano no sólo necesita entrar a los tribunales, sino, principalmente, salir con una sentencia justa y oportuna".
Los registros de Canova indican que antes del ascenso de Chávez al poder las demandas contra el Estado tenían mayor eco en la Sala Político Administrativa, con un promedio de 20% de sentencias a favor de los particulares.
Deber el cargo. La falta de independencia y autonomía judicial tiene un origen preciso: el ingreso y ascenso de los jueces a dedo y no por concursos de oposición públicos y abiertos, como está establecido en la Constitución.
El rigor de la carta magna tiene dos propósitos fundamentales: idoneidad (en términos personales y profesionales) y estabilidad de los jueces. Si los jueces no ingresan y ascienden por méritos propios la designación a dedo los carga con una deuda que, por lo general, se paga con sentencias complacientes.
Para 2009, se precisa en el informe de Provea, de los 1.896 jueces del país 936 (49,36%) eran titulares de sus cargos y 960 (50,64%) provisorios, es decir designados unilateralmente por la Comisión judicial del TSJ.
Dicho de otra forma, la mitad de los jueces venezolanos no tiene estabilidad en sus cargos y es vulnerable a presiones políticas y económicas. A partir de los datos oficiales del máximo tribunal, Provea concluye que se ha revertido la tendencia a reducir la provisionalidad registrada desde 2006.
Mucho más rigor impone la Constitución a efectos de la designación de magistrados del TSJ. Antonio Canova y Cecilia Sosa coinciden en señalar que en el reciente relevo de 9 magistrados principales y 32 suplentes se burlaron todas las normas destinadas a garantizar la imparcialidad de las máximas autoridades judiciales.
Sosa señaló que la Sala Constitucional y la Sala Electoral han sido cooptadas por el chavismo en los últimos días de su hegemonía absoluta en la Asamblea Nacional. La primera sala interpreta la Constitución, la segunda tiene la última palabra en materia comicial.
"Con la designación de estos nuevos magistrados, Chávez dio un paso adelante en función de su empeño en perpetuarse en el poder, pues él no necesita un tribunal que lo proteja, sino que cumpla sus órdenes".
Cort. El Nacional
La posibilidad de ganarle un juicio al Gobierno es escasa. 90% de las demandas interpuestas contra organismos estatales fueron rechazadas por el Tribunal Supremo de Justicia, según se indica en el Informe Anual del Programa Venezolano de Educación-Acción Derechos Humanos, correspondiente al período entre octubre de 2009 y septiembre de 2010.
La tendencia verificada por Provea a partir de datos oficiales del TSJ fundamenta las reiteradas denuncias de falta de independencia y autonomía del Poder Judicial venezolano, lo cual implica una fragilidad institucional que incide de manera negativa en la vigencia del Estado de Derecho y el ejercicio pleno de las libertades establecidos en la Constitución.
En términos prácticos explica el profesor universitario Antonio Canova el ciudadano queda indefenso ante eventuales arbitrariedades en el ejercicio del poder público: "El Estado de Derecho consiste en la actuación de todos los integrantes de la sociedad conforme a unas leyes abstractas, precisas y determinadas. Y si alguien incumple la ley, entre ellos el propio Estado, intervienen los tribunales. Pero si los tribunales no controlan con imparcialidad las actuaciones del Gobierno, el Estado de Derecho no existe".
En el informe de Provea se precisa que fueron desestimadas todas las acciones judiciales contra el jefe del Estado (21) durante el año analizado.
Incluso, las más recientes decisiones a favor de Chávez indican que el Presidente puede actuar penalmente contra cualquiera que solicite su enjuiciamiento.
La Fiscalía General de la República también ha resultado intocable. Sólo prosperaron demandas contra la Asamblea Nacional, el Consejo Nacional Electoral y la Contraloría General de la República.
Canova se ha dedicado a registrar en detalle las sentencias de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y sus últimos estudios estadísticos confirman el análisis de Provea. De las 3.127 resoluciones dictadas desde el 1º de enero de 2007 hasta el 30 de junio de 2008 sólo 325 (14,15%) dieron respuestas de fondo a las demandas. En ese período, sólo un particular tuvo éxito al enfrentarse con el Estado: la jueza Yolanda del Carmen Vivas, que había sido removida de su cargo arbitrariamente.
Entre octubre de 2009 y septiembre de 2010 aumentó 47,15% el número de sentencias del máximo tribunal que no resuelven los conflictos planteados, sino que se limitan a aspectos de forma.
La ex presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa, explica que los formalismos innecesarios en la administración de justicia están prohibidos por la Constitución y, en la práctica, constituyen una modalidad de negación de acceso a la justicia: "El ciudadano no sólo necesita entrar a los tribunales, sino, principalmente, salir con una sentencia justa y oportuna".
Los registros de Canova indican que antes del ascenso de Chávez al poder las demandas contra el Estado tenían mayor eco en la Sala Político Administrativa, con un promedio de 20% de sentencias a favor de los particulares.
Deber el cargo. La falta de independencia y autonomía judicial tiene un origen preciso: el ingreso y ascenso de los jueces a dedo y no por concursos de oposición públicos y abiertos, como está establecido en la Constitución.
El rigor de la carta magna tiene dos propósitos fundamentales: idoneidad (en términos personales y profesionales) y estabilidad de los jueces. Si los jueces no ingresan y ascienden por méritos propios la designación a dedo los carga con una deuda que, por lo general, se paga con sentencias complacientes.
Para 2009, se precisa en el informe de Provea, de los 1.896 jueces del país 936 (49,36%) eran titulares de sus cargos y 960 (50,64%) provisorios, es decir designados unilateralmente por la Comisión judicial del TSJ.
Dicho de otra forma, la mitad de los jueces venezolanos no tiene estabilidad en sus cargos y es vulnerable a presiones políticas y económicas. A partir de los datos oficiales del máximo tribunal, Provea concluye que se ha revertido la tendencia a reducir la provisionalidad registrada desde 2006.
Mucho más rigor impone la Constitución a efectos de la designación de magistrados del TSJ. Antonio Canova y Cecilia Sosa coinciden en señalar que en el reciente relevo de 9 magistrados principales y 32 suplentes se burlaron todas las normas destinadas a garantizar la imparcialidad de las máximas autoridades judiciales.
Sosa señaló que la Sala Constitucional y la Sala Electoral han sido cooptadas por el chavismo en los últimos días de su hegemonía absoluta en la Asamblea Nacional. La primera sala interpreta la Constitución, la segunda tiene la última palabra en materia comicial.
"Con la designación de estos nuevos magistrados, Chávez dio un paso adelante en función de su empeño en perpetuarse en el poder, pues él no necesita un tribunal que lo proteja, sino que cumpla sus órdenes".
No hay comentarios:
Publicar un comentario