Vicente Bello, miembro de la Comisión de Primarias de la Mesa de la Unidad (MUD) y representante de esa organización ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), informó este jueves vía telefónica con Globovisión.com que quienes deseen votar en los comicios del 12 de febrero para elegir al candidato presidencial de la Unidad tendrán oportunidad de inscribirse en el Registro Electoral hasta el 31 de octubre.
Explicó que ese corte en el registro de votantes para las elecciones primarias fue una decisión conjunta de la Comisión de Primarias de la MUD y de los equipos técnicos del CNE.
Inscripción en el Registro Electoral
Según el artículo 29 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, podrán ser inscritos en el Registro Electoral los venezolanos y venezolanas mayores de dieciocho años de edad; los ciudadanos y las ciudadanas que cumplan los dieciocho años de edad en el lapso que comprende desde el corte del Registro Electoral y el día inclusive de la fecha de la elección, siempre y cuando dicha inscripción se efectúe antes del corte del Registro Electoral; y los extranjeros y las extranjeras mayores de dieciocho años de edad, con más de diez años de residencia en el país.
A efectos de la inscripción en el Registro Electoral, el único documento requerido y válido es la cédula de identidad. El Registro Electoral incorporará automáticamente los datos provenientes del Registro Civil.
De acuerdo con el artículo 30 de la normativa, el Registro Electoral contendrá los siguientes datos de cada elector y electora: nombres y apellidos; número de cédula de identidad; fecha de nacimiento; nacionalidad; huella dactilar; sexo; indicación de saber leer y escribir; indicación de discapacidad; centro de votación donde sufraga el elector o electora; dirección de residencia, indicando entidad federal municipio, parroquia y comuna; otros que determine el Consejo Nacional Electoral.
Globovisión
Explicó que ese corte en el registro de votantes para las elecciones primarias fue una decisión conjunta de la Comisión de Primarias de la MUD y de los equipos técnicos del CNE.
Inscripción en el Registro Electoral
Según el artículo 29 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, podrán ser inscritos en el Registro Electoral los venezolanos y venezolanas mayores de dieciocho años de edad; los ciudadanos y las ciudadanas que cumplan los dieciocho años de edad en el lapso que comprende desde el corte del Registro Electoral y el día inclusive de la fecha de la elección, siempre y cuando dicha inscripción se efectúe antes del corte del Registro Electoral; y los extranjeros y las extranjeras mayores de dieciocho años de edad, con más de diez años de residencia en el país.
A efectos de la inscripción en el Registro Electoral, el único documento requerido y válido es la cédula de identidad. El Registro Electoral incorporará automáticamente los datos provenientes del Registro Civil.
De acuerdo con el artículo 30 de la normativa, el Registro Electoral contendrá los siguientes datos de cada elector y electora: nombres y apellidos; número de cédula de identidad; fecha de nacimiento; nacionalidad; huella dactilar; sexo; indicación de saber leer y escribir; indicación de discapacidad; centro de votación donde sufraga el elector o electora; dirección de residencia, indicando entidad federal municipio, parroquia y comuna; otros que determine el Consejo Nacional Electoral.
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