Abogado constitucionalista dice que la decisión del TSJ se debe a razones políticas. Denuncian que abogada del denunciante Rafael Velásquez es militante del PSUV Aseguran que cualquier orden de captura contra miembros de juntas regionales sería ilegal
MARISELA CASTILLO APITZ/NDO/TalCualDigital
Para Juan Carlos Apitz, abogado constitucionalista, la sentencia que emitió el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la que se ordenó la suspensión de la destrucción de los cuadernos de votación que se usaron en las primarias "no tiene ni pies ni cabeza".
Aseguró que el fallo no se pude ejecutar porque al momento en que se emitió la orden los cuadernos ya estaban incinerados. Además, para Apitz el TSJ confundió lo que es una demanda de interés individual con una colectiva.
"Aunque el señor Rafael Velásquez, precandidato a la alcaldía del municipio Bruzual de Yaracuy, acudió al TSJ de forma individual, ellos esgrimieron que este amparo servía para defender intereses colectivos. Con este cambio se pone en tela de juicio la legalidad de la sentencia porque cuando se trata de intereses colectivos difusos solo puede actuar el Ministerio Público o la Defensoría del Pueblo y en este caso lo hizo una persona a título individual", explicó el constitucionalista.
Según Apitz, el TSJ decidió cambiar el amparo que introdujo Velásquez porque de esta manera tenía la potestad de ordenar la retención de todos los cuadernos electorales a escala nacional.
"Si el problema estaba focalizado en un municipio puntual de Yaracuy no tiene sentido que manden a pedir todos los cuadernos del país. Esto revela que querían hacer una nueva lista Tascón para amedrentar a los funcionarios públicos que votaron".
El jurista denunció que la abogada que acompañó a Velásquez a introducir el amparo, Enna Lucia Rosales Ascanio, es militante del Partido Socialista Unido de Venezuela y trabaja en la Procuraduría del estado Carabobo.
"INEJECUTABLE"
Otra de las razones por la cual la decisión del TSJ no se puede ejecutar, explicó Apitz, es porque "el documento estaba dirigido a Teresa Albanes, presidente de la Comisión Electoral de las Primarias, y ella no tenía en su poder los cuadernos de votación para poder impedir su destrucción.
De esta misma manera opinó Alberto Arteaga, abogado penalista, quien descartó que el máximo tribunal pueda emitir una orden de aprehensión contra Albanes "porque no ha cometido ningún delito".
Arteaga explicó que "la manera correcta del TSJ era dirigir la sentencia a los presidentes de las juntas regionales del país, pero como no se hizo ellos nunca estuvieron notificados y destruyeron el material electoral de acuerdo al reglamento, que incluso el CNE, había acordado".
Para el abogado penalista lo más importante de los hechos ocurridos en relación a esta sentencia es que "la destrucción de ese material es la garantía adecuada y la defensa del derecho que tiene el elector de que su voto sea secreto".
Por otro lado, Apitz aseguró que los ciudadanos que destruyeron los cuadernos electorales actuaron en su legítima defensa porque "en Venezuela se sabe de persecución y listas para segregar por razones políticas. La lista Tascón es un ejemplo. Ante una posible amenaza de difusión, se destruyeron".
Además, descartó la posibilidad de que el TSJ ordene la captura de los presidentes de las juntas regionales "porque ellos nunca estuvieron notificados de la entrega de los cuadernos de votación".
LA IDENTIDAD ESTÁ PROTEGIDA
Ayer, Teresa Albanes acudió al Tribunal Supremo para notificar que había recibido la sentencia dirigida a su nombre, que dejaron pegada a una puerta de la casa de Podemos, donde funciona la CEP.
Aseguró que luego de esta notificación, el día de ayer se dirigió a las juntas regionales de primarias para informar acerca de la decisión del TSJ, en la que se les solicitan los cuadernos electorales.
"Tan pronto recibamos la respuesta de las juntas regionales de Primarias nosotros informaremos al tribunal", indicó. Albanes aseguró que desde la CEP ejercerán una acción contra esta medida cautelar y que la identidad de los electores está siendo protegida.
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