viernes, 6 de junio de 2014

¿Algo es algo?/VenEconomía viernes 06jun14

Por: VenEconomía
En la Venezuela revuelta por los cuatro costados, la resignación ante el barbarismo se ha hecho costumbre, y norma para toda la ciudadanía, incluyendo a los “venezolanos de a pié”, la dirigencia política, empresarial, gremial y sindical.


Cuando el gobierno hace alguna “concesión” o “retrocede un tanto” en alguna decisión, medida, ley o decreto dictado fuera de la Constitución, y con la que ha violado derechos y libertades, ya es habitual escuchar: “bueno algo es algo, peor es nada”. Aceptando mansamente la vuelta a cierta “normalidad” como si ello fuese una concesión graciosa de los gobernantes, y con ello propiciando que se consoliden las normas espurias.

Este es el caso, por ejemplo, de los alquileres de los locales comerciales. El 29 de noviembre de 2013 el gobierno, dentro del marco de su “cruzada” para establecer los mal llamados “precios justos”, emitió ó el decreto Nº 602, mediante el cual fijó un tope máximo de Bs.250/m2 para el canon mensual de alquiler de todo centro comercial, independientemente de su ubicación. Un canon ajeno a la realidad que generó una tremenda crisis en el sector.

Ahora, el 23 de mayo, luego de largas reuniones con representantes del sector, el Ejecutivo Nacional, echa un “pasito pa´tras”, y lanza un nuevo Decreto-Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial que incluye algunas mejoras con respecto al decreto que lo precedió. Sin embargo, lejos está este decreto de devolver al sector el régimen de alquileres fijados por el mercado, como debería ser.

El nuevo Decreto-Ley establece tres tipos de alquileres, una suma global, un porcentaje de las ventas o una combinación de ambos. El alquiler basado en una suma global no puede exceder el 12% (20% si es un local nuevo) del valor de sustitución de la propiedad, calculado con base en las pautas de la Sundde (las cuales supuestamente no consideran ni el terreno ni la ubicación de la propiedad).

La segunda opción establece alquileres correspondientes a 1% a 8% de las ventas (8%-15% cuando la actividad principal de la empresa es el entretenimiento).

La tercera opción combina las dos anteriores (máximo 50% de la suma global o 66% de las ventas). Los alquileres basados en una suma global pueden ajustarse anualmente de acuerdo con el subíndice de inflación nacional de bienes y servicios diversos (normalmente inferior a la tasa de inflación general).

Es claro, que el régimen que ahora se pone en marcha no es lo ideal, pero para los representantes del sector “peor sería nada”, y con él tiene la esperanza de que tal vez sea “lo suficientemente bueno para poder reiniciar dentro de poco la construcción de 11 centros comerciales”.

Mientras, el proceso castrocomunista sigue su curso revolucionando todo el modelo de país, persiguiendo su meta de controlar todo el sistema productivo a como dé lugar, sin importar cuánta destrucción de fuentes de trabajo deje a su paso.

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