Por: VenEconomía
La amenaza del comunismo que pendía sobre los venezolanos, ya entró en pleno vigor con la publicación este 24 de enero en Gaceta Oficial del “Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos”, promulgado por Nicolás Maduro con los poderes habilitados que le dio la mano alzada de sus rojos parlamentarios en noviembre de 2013.
El poder para castrar la libertad de empresa de este decreto-ley rebaza en potencia a cualquier otra ley promulgada en estos tres últimos quinquenios, y eso ya es mucho decir.
No en vano el objetivo de este decreto-ley es explícito: Consolidar el orden económico socialista consagrado en el Plan de la Patria.
Maduro con esta ley pone el candado del comunismo a las empresas privadas, arrebata a todo empresario, por pequeño o grande que sea, el derecho a manejar su negocio. Esto así porque su ámbito de acción aplica “a todo tipo de empresas nacionales, extranjeras y transnacionales y también a todas las personas naturales que ejerzan actividades económicas en el país”. Es decir, a toda la cadena de valor.
Ninguno de los sujetos de la ley (léase pequeños, medianos y grandes empresarios, así como todo emprendedor independiente) tendrá libertad para operar su negocio y determinar sus márgenes de ganancia y retorno de capital. Desde el 24 de enero, cuando entró en vigencia el decreto ley, ningún eslabón de la cadena de producción y distribución al mayor o detal podrá fijar los precios de sus productos y servicios. En adelante será el Ejecutivo Nacional, a través de su nuevo aparato burocrático, la “Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), quien fijará no solo los precios de bienes y servicios, sino además los topes de ganancia por sector, los cuales en ningún caso podrán superar el 30%, pero sí podrán ser más bajos si así lo determina el Sundde.
Si esto no fuera suficientemente contundente para afirmar el talante comunista del Decreto Ley, entonces paséese por otros dos puntos:
Uno, que este declara de utilidad pública e interés social todos los bienes y servicios requeridos para desarrollar cualquier tipo de actividad de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes y prestación de servicios. Es decir sujeto toda actividad a expropiación, tal como se hizo con la Ley de tierras que devastó el agro en el país.
Dos, contempla fuertes sanciones y penalidades que afectan por igual al propietario, a los socios y gerentes de las empresas que violen o incumplan un menú de una treintena de diversas infracciones. Las sanciones y penalidades incluyen desde onerosas multas, que oscilan entre 200 UT a 50.000 UT; penas de prisión, de ocho hasta de 14 años; ocupación y cierre temporal de la empresa o establecimiento comercial, hasta su clausura definitiva, confiscación de bienes y revocatorias de licencias, permisos, autorizaciones, certificados u otros actos administrativos emitidos por la Sundde.
Y si piensa que podrá evadir su yugo, olvídese: Primero, porque es de obligatorio cumplimiento la inscripción en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae). Segundo, porque la Ley crea un Certificado de Precios Justos, de carácter obligatorio e indispensable para gestionar cualquier solicitud de divisas al Estado, así para cualquier otro tipo de trámite que establezca a su discreción el Ejecutivo Nacional. Para su obtención cada empresa deberá demostrar ante la Sundde el cumplimiento de los parámetros establecidos en la Ley y otros que la superintendencia imponga.
¡El comunismo ha llegado ya!
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