lunes, 25 de marzo de 2013

Cambio en normativa de récipes deja al paciente a la deriva

La receta debe tener 11 datos incluyendo el principio activo del fármaco.

DANIEL GONZÁLEZ CAPPA |  EL UNIVERSAL
Con la nueva regulación de la prescripción y dispensación de medicamentos, el paciente queda a la deriva ya que, además de cazar sus fármacos entre las fallas de suministro, ahora depende del principio activo que le recete el médico y no del producto comercial como tal, lo que puede prestarse a confusiones a la hora de la adquisición.


Aunque todos los medicamentos que pasan por la cadena de comercialización son aprobados por el Instituto Nacional de Higiene, no todos los fármacos que tengan los mismos componentes son iguales entre sí ya que son elaborados con distintas fórmulas, tal como lo explica Mercedes Hidalgo, farmaceuta y profesora de la Universidad Central de Venezuela. "El paciente debe saber quién elabora esos medicamentos".

"Esto sucede porque en el país se está creando una política unilateral que busca favorecer solo a un sector, pero que nos afecta a todos", explica Freddy Ceballos, presidente de la Federación Farmacéutica Venezolana.

Advierte que la mayoría de las instituciones públicas (hospitales, ambulatorios), no tiene reciperas. "Sólo entregan una hoja sellada", por lo que cuando el paciente llegue con una receta sin todos los datos, no se le podrá entregar el medicamento.

La resolución apareció en Gaceta Oficial N° 40.131 del martes 19 de marzo destacando que "se prohibe el uso de récipes o recetas que tengan impresos nombres, logos o lemas publicitarios de laboratorios farmacéuticos, medicamentos o de cualquier marca comercial", tal como se explica en el artículo 5.

En el mismo se destaca que el médico tratante debe colocar "nombre del principio activo o Denominación Común Internacional (DCI), objeto de la prescripción", además del nombre, apellido y cédula del prescriptor y del paciente, nombre, dirección y RIF del establecimiento de salud, concentración del principio activo, forma farmacéutica y vía de administración, dosis por unidad, lugar y fecha de emisión, advertencias dirigidas al farmacéutico y, opcionalmente, dos equivalentes en marcas comerciales.

En el artículo 6 se establece que "las recetas o récipes médicos que por falta u omisión no contengan los datos (...) carecerán de valor para autorizar la dispensación".

Con un desabastecimiento de medicamentos que ronda entre 35 y 40%, son muchos los pacientes que llegan a las farmacias y consiguen a medias sus medicinas.

Esta resolución, advierte el vocero del gremio, ocasionará que el paciente tenga que regresar al médico para que este elabore el récipe otra vez dado que la mayoría de los fármacos son de prescripción facultativa.

Otro punto álgido es la elaboración del Listado Oficial de Especialidades Farmacéuticas, que contendrá todos los fármacos registrados en el país en base a su principio activo y que deberán tener todas las farmacias del país a partir de abril.

Ceballos indica que en Venezuela hay al menos 9.000 presentaciones de medicamentos, lo que hace "muy difícil" que el listado esté listo al momento de la entrada en vigencia de la normativa.

"¿Qué va a pasar con los pacientes que necesitan medicamentos diariamente una vez que entre en vigencia (la resolución)?", se pregunta el especialista. "No es una política mala, pero hay que evaluarla y corregirla entre todos".

La nueva forma entra en vigencia a partir del 18 de abril.

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