En caso de estudios en el exterior o salud, el límite se amplía hasta los 5.000 dólares anuales, o su equivalente en otras monedas. En estos casos, no se requiere que el solicitante haya agotado el cupo de Cadivi.
Caracas.- El Banco Central de Venezuela publicó las normas generales del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad) en la Gaceta Oficial 40.200 que circula hoy. El texto establece que las personas naturales podrán comprar hasta 3.000 dólares anuales (o su equivalente en otras monedas) para gastos de consumo en viajes al exterior, hasta 5.000 dólares (o su equivalente en otras monedas) para atender estudios en el exterior, gastos de salud o para el pago de bienes requeridos para la prestación de servicios profesionales.
La resolución del BCV aclara que, en estos casos, no se requiere que la persona natural haya agotado el cupo anual o límites mensuales que por estos conceptos autoriza la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).
Allí se establece que sólo las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en Venezuela podrán realizar posturas en las subastas especiales. "En el caso de ventas de divisas o de títulos valores denominados en moneda extranjera a través del Sicad por parte del sector privado, éstas podrán ser efectuadas por cualquier persona natural o jurídica, aun cuando no se encuentren residenciadas o domiciliadas en el territorio nacional, siempre y cuando sean tenedoras legítimas de la posición en divisas o de los instrumentos objeto de la correspondiente operación", indica el texto legal.
Los interesados en participar deberán estar inscritos en el Registro de Usuarios del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Rusicad), que será administrado por el Banco Central de Venezuela (BCV).
Las personas naturales o jurídicas que deseen comprar divisas o títulos valores sólo podrán utilizar una institución autorizada durante cada mes calendario y deberán tener una antigüedad como cliente de la misma de al menos 90 días continuos. Son instituciones autorizadas para las operaciones de compra y venta de divisas las siguientes: bancos universales, bancos comerciales y entidades de ahorro y préstamo en proceso de reestructuración.
El monto mínimo y/o máximo de las operaciones será definido en cada convocatoria.
"El Banco Central de Venezuela, en atención a la dinámica del mercado y considerando los objetivos del Estado y la Nación, así como las necesidades de la economía, podrá establecer que determinado(s) día(s), el Sicad sólo atenderá solicitudes formuladas por sujetos o sectores productivos o económicos específicos, asó como aquellas de alto valor", indican las normas del sistema.
EL UNIVERSAL/Con información de Suhelis Tejero Puntes
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