Ley para la Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014
El presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado de Estados Unidos, el demócrata Robert Menéndez, respaldado por los Senadores Marco Rubio, del Partido Republicano, y Bill Nelson, del Partido Demócrata, presentó el jueves, 13 de marzo, la Ley para la Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014.
La legislación bipartidista autoriza el monto de 15 millones de dólares dentro del presupuesto fiscal de 2015 para defender los derechos humanos en Venezuela, apoyar las organizaciones democráticas de la sociedad civil, ayudar a los medios de comunicación independientes y reforzar la gobernabilidad y el estado de derecho frente a la violencia masiva y la represión llevadas a cabo por el Presidente Nicolás Maduro contra manifestantes pacífico en Venezuela.
El proyecto de ley demanda que el presidente Barack Obama imponga sanciones contra las personas que hayan participado en violaciones graves de los derechos humanos contra los manifestantes pacíficos y otros en Venezuela o que hayan dirigido u ordenado el arresto o la persecución de personas a causa de su legítimo ejercicio de la libertad de expresión o de asociación.
"No nos quedaremos de brazos cruzados de cara a las violaciones de derechos humanos en Caracas y en todo el país. Esta legislación sirve de fuerte advertencia a los miembros del Gobierno de Venezuela, las fuerzas de seguridad y los grupos armados de civiles implicados en la violencia, de que Estados Unidos no tolera este tipo de conducta y responderá como corresponde para ayudar a fortalecer la sociedad civil venezolana, a la vez que aplica sanciones contra los responsables", señaló Menéndez, citado en una nota de prensa emitida por el Comité de Relaciones Exteriores del Senado de Estados Unidos.
Reseña de la Ley para la Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014
Sección 1. Título abreviado: Ley para la Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela de 2014.
Sección 2. Hallazgos. Esta sección presenta los hallazgos clave relacionados con la creciente crisis económica en Venezuela, los niveles alarmantes de violencia y la erosión del sistema democrático, la libertad de expresión y la libertad de prensa.
Sección 3. Opinión del Congreso. Esta sección establece la opinión del Congreso en el sentido de que: 1) Estados Unidos procura una relación mutuamente provechosa con Venezuela basada en el respecto de los derechos humanos y del imperio de la ley, así como una relación productiva en materia de seguridad pública, incluida la lucha contra las drogas y las acciones contra el terrorismo; 2) el Gobierno de Venezuela es responsable del crónico manejo inadecuado de la economía, los niveles de violencia en el país y la socavación del sistema democrático, y 3) estas condiciones críticas provocaron las protestas que tienen lugar a lo largo y ancho del país.
Sección 4. Política de Estados Unidos para con Venezuela. Esta sección reconoce que la política de Estados Unidos consiste en: 1) apoyar las aspiraciones democráticas del pueblo venezolano que se definen en la Carta Democrática Interamericana; 2) trabajar de manera concertada con los miembros de la Organización de Estados Americanos –así como de la Unión Europea– para garantizar el cese inmediato de la violencia contra los manifestantes y la resolución pacífica de la crisis actual en Venezuela, y 3) hacer que rindan cuentas de sus actos aquellos funcionarios del Gobierno y oficiales de seguridad que son responsables de o cómplices en el uso de la fuerza contra los manifestantes que se oponen al Gobierno.
Sección 5. Sanciones contra las personas que, tal como lo determine el presidente Barack Obama, sean los responsables de la violencia en Venezuela. Esta sección requiere la imposición de sanciones contra las personas que, a juicio del presidente de Estados Unidos: 1) hayan perpetrado, ordenado o dirigido actos significativos de violencia o violaciones graves de derechos humanos contra las personas asociadas a las protestas antigubernamentales, incluidos los funcionarios activos y exfuncionarios del Gobierno de Venezuela, o 2) hayan dirigido u ordenado el arresto o la persecución de una persona primordialmente a causa de su ejercicio legítimo de la libertad de expresión o de asociación. Las sanciones que deberá imponer el presidente Obama comprenden: 1) bloqueo de activos: utilizar todas las facultades que le hayan sido conferidas en virtud de la Ley Internacional de Emergencia de Poderes Económicos para bloquear y prohibir todas las transacciones en bienes, y 2) exclusión de Estados Unidos y revocación de visas – negación de visas, exclusión de Estados Unidos y revocación de visas y demás documentos, de conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Sección 6. Apoyo a la sociedad civil en Venezuela. Esta sección autoriza la suma de 15 millones en financiamiento dentro del presupuesto fiscal de 2015 con miras a: 1) defender los derechos humanos; 2) capacitar a la sociedad civil democrática; 3) apoyar los medios de comunicación independientes y el acceso irrestricto a Internet; 4) mejorar la transparencia y rendición de cuentas del Gobierno, y 5) asistir a los activistas de la sociedad civil, periodistas y manifestantes que hayan sido señalados por su actividad.
Cort. El Universal
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