Por: VenEconomía
El próximo 28 de mayo se cumplen seis años del día aquel cuando el gobierno del difunto Hugo Chávez sacó del espectro radioeléctrico abierto a Radio Caracas Televisión, incautándole de paso sus antenas y otros bienes, y dejando sin empleo a sus trabajadores.
Esta arbitraria e ilegal medida fue uno de los golpes más certeros del Ejecutivo Nacional en contra de la libertad de expresión e información en Venezuela, y un paso más que dio el gobierno en el camino hacia la hegemonía comunicacional requerida por el proyecto castrocomunista para consolidarse.
Es cierto que tanto Chávez como sus herederos ganaron esa batalla, gracias a que en Venezuela no existe una justicia independiente que imponga la ley y el orden constitucional, aunque los hechos empiezan a demostrar que se tropezaron con una piedra difícil de roer, pues la justa lucha de RCTV no se rinde.
El jueves 9 de mayo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó a la comunidad internacional que el 28 de febrero presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) el Caso –No.12.828, Marcel Granier y otros - RCTV, Venezuela–. Un paso importante a favor de la defensa de los vulnerados derechos humanos en el país.
La CIDH determinó en su informe de fondo que la decisión del gobierno de Venezuela en contra de RCTV fue: 1) “Violatoria del derecho a la libertad de expresión”, dado que “la decisión fue tomada con base en la línea editorial del canal…” por lo que “constituyó un acto de desviación de poder y una restricción indirecta incompatible con el derecho a la libertad de expresión”. 2) “Violatoria del derecho a la igualdad y no discriminación… debido a que RCTV recibió un tratamiento distinto al que tuvieron otros operadores que atravesaban idéntica circunstancia en lo relativo a la concesión. 3) “Violatoria del debido proceso administrativo…” porque condujo a la incautación arbitraria de los bienes del canal.
La decisión de la CIDH de enviar el caso de RCTV a la CorteIDH fue tomada debido a que el Estado venezolano no cumplió con el requerimiento de la Comisión de informarle en el lapso establecido, sobre el cumplimiento de recomendaciones que ésta había realizado y que entre otras solicitan: 1) Abrir un proceso (abierto, independiente y transparente) para asignar una frecuencia de televisión abierta a nivel nacional en el cual RCTV pudiera participar, como mínimo en igualdad de condiciones. 2) Reparar los perjuicios causados a las víctimas como resultado directo de la violación del debido proceso.
Aún cuando la CorteIDH no ha emitido sentencia alguna, la voz de Elías Jaua, el Canciller nombrado por Chávez en su agonía, dio una respuesta anticipada al anunciar que la decisión del la CorteIDH no será acatada “por inmoral, por tarifada, por inconstitucional y por violatoria de la soberanía”. Rematando que “si la Corte decide que estamos obligados a restituirle la frecuencia a un grupo económico en Venezuela, entonces tendrán que invadirnos para obligarnos a acatar una decisión contra la Constitución, contra la soberanía nacional y contra la paz y estabilidad en Venezuela”.
Olvida Jaua, y toda la corte de Maduro, que las causas por violación de derechos humanos no prescriben, y que más temprano que tarde todo violador comparece ante la Justicia.
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