lunes, 24 de marzo de 2014

Turistas podrán vender divisas a la tasa del Sicad II

Anteriormente, la referencia para estas operaciones era la paridad del Sicad I.
EL UNIVERSAL
Caracas.- El Bancos Central de Venezuela (BCV) publicó un aviso en el cual notifica que los turistas cuando lleguen al país  podrán vender sus divisas a la tasa que se genere en las operaciones del Sicad II. Anteriormente, tenían como referencia la paridad del Sicad I.


El ente emisor en el comunicado señala que "de conformidad con lo previsto en el artículo 1 del Convenio Cambiario N 23 del 24 de octubre de 2013, el tipo de cambio de compra aplicable a las operaciones de venta de divisas efectuadas por las personas naturales no residentes en el país, que ingresen al territorio venezolano a través de los terminales legalmente dispuestos ubicados en los aeropuertos y puertos, será el tipo de cambio de referencia del Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II), a que se contrae el artículo 14 del Convenio Cambiario N 27 del 10 de marzo de 2014  reducido en un 0,25%".

Se agrega que "el  tipo de cambio de venta aplicable a las operaciones de compra de divisas a las personas naturales no residentes en la oportunidad de su salida del país (hasta por el equivalente al 25% del monto resultante de la operación cambiaria efectuada en la oportunidad de su ingreso al territorio venezolano), será el tipo de cambio de referencia del Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II)".

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