lunes, 23 de julio de 2012

En Gaceta los términos y restricciones para la adquisición de créditos en el ámbito de vivienda

A partir de hoy entra en vigencia la nueva gaceta oficial, con términos y restricciones para la adquisición de créditos en el ámbito de vivienda
La Gaceta Oficial N° 39.969  trae nuevas condiciones de financiamiento que regirán para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición, autoconstrucción, ampliación y mejora de vivienda principal.


Los requisitos que establece el Ministerio de Vivienda y Hábitat para los créditos provenientes de la cartera obligatoria que debe cumplir el sector bancario. Reseñó El Mundo Economía y Negocios. La resolución establece además que los préstamos para la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejora de vivienda principal podrán ser otorgados hasta 100% de la solicitud, conforme al valor que resulte del avalúo que se practique y de acuerdo al ingreso integral total familiar mensual.

Podrá ser otorgado el crédito de ampliación o mejora de vivienda principal al beneficiario de un crédito activo de adquisición o autoconstrucción de vivienda principal, siempre y cuando esté solvente con la obligación crediticia y la nueva cuota del crédito no supere el 35% de su ingreso integral total familiar.
Cort. TalCualDigital

No hay comentarios:

Publicar un comentario