martes, 26 de junio de 2012

Condominio por las nubes

La junta administrativa de los edificios residenciales tendrá que hacer maravillas para obtener dinero y pagarle a los conserjes. La LOT dice que de ausentarse el trabajador por vacaciones habrá un suplente; éste entraría en estado de tercerización

En la Ley del Trabajo se establecen una serie de normativas que privilegian a los trabajadores residenciales, pero, para los expertos en materia laboral, está algo confusa porque tienen que esperar a que salga otra normativa especial, paralela a la LOT, la cual ellos esperan que sea consultada y estudiada para que beneficie al empleador y al trabajador.

Una empleada residencial de un edificio ubicado en el municipio Sucre señaló que ella labora de lunes a sábado, aunque la LOT establece 40 horas semanales. Ella indica que la administradora del edificio le descuenta de su bono alimenticio los días no trabajados como el día domingo y los festivos. Asimismo, expresó que cuando se va de vacaciones, “hay un suplente que va todos los días y le pagan por día trabajado”. La conserje percibe mensualmente el salario mínimo y alrededor de 605 bolívares de bono de alimentación, pero este depende de cuánto ella trabaje.

Según Pablo Castro, secretario ejecutivo de la CTV e integrante del Fadess, la situación laboral de los conserjes con respecto a la Ley del Trabajo, tanto la anterior como la nueva reforma, los ampara. Pero hay una normativa especial que aún no se ha discutido en la cual están plasmados los 11 artículos paralelos a la LOT.

“Ahora a los trabajadores residenciales se les da días libres, es decir, tienen que trabajar 40 horas a la semana entre otros beneficios. La junta de condominio tendrá que hacer un contrato nuevo para especificar los roles de éstos empleados e indicar en el documento cuáles serán las horas que trabajarán y además de determinar sus posiciones especificas en el edificio; igualmente se tendrá que esperar a la otra legislación que sea más precisa y se espera que sea favorable tanto para la junta de condominio como para el conserje”, acentuó Castro.

Asimismo, señaló que a los empleados residenciales hay que pagarles como a un trabajador de una empresa.

CONDOMINIOS COSTOSOS
José Elías Torres, director de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), expresó que lo que se está contemplando en materia de la situación laboral de los conserjes, “¿es cómo asume el patrón está situación?, pues el patrón tendrá que sacar fondos monetarios para cubrir los pagos del empleado del edificio”.

Agregó que “el pago del condominio se incrementará para poder costearle al trabajador residencial su salario, el pago de prestaciones, bono vacacional, el reposo postnatal (de aplicarse en cada caso)”.

Señala Torres que la figura del conserje suplente también trae más costos para el edificio porque en este caso habría que pagar dos sueldos, pero el problema surge cuando se contrata al otro trabajador ya que la LOT prohíbe la tercerización.
  Es necesario aclarar que aunque en el artículo 286 de la normativa dice que puede haber la figura de un suplente y la junta de condominio tiene que cancelarle su pago.
TalCualDigital

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