lunes, 25 de junio de 2012

El arbitro militar

Oposición cuestiona que los militares se metan en asuntos civiles. A pesar de que las elecciones son un acto ciudadano, el Plan República se queda con material electoral. Oposición no se amedrenta por la parcialidad del ministro para la Defensa general Henry Rangel Silva

MARISELA CASTILLO A./ JESENIA FREITEZ/TalCualDigital
El peso de la bota nuevamente se impone. La Fuerza Armada Nacional no solo disfruta de sueldos más elevados en comparación con los civiles, tiene un sistema de seguridad social diferente al IVSS y posee beneficios especiales para la compra de viviendas.

Además de eso, la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), en su artículo 136 los beneficia otorgándoles la custodia, seguridad y resguardo del material electoral. Es decir, el Plan República tiene la atribución de quedarse con las actas de los resultados de votación de las jornadas electorales.

Para Hernán Castillo, profesor de la Universidad Simón Bolívar (USB) y especialista en el área militar, esta situación no es nueva. Explica que aunque se "origina desde 1958, durante el Pacto de Punto Fijo, existe una gran diferencia: anteriormente los militares no votaban y mucho menos los veíamos con una posición fanática apoyando a una postura política en especial".

CUSTODIA ROJITA
Castillo recuerda que el jefe del Plan República es el ministro para la Defensa y general Henry Rangel Silva, "quien en más de una oportunidad ha demostrado su parcialidad política asegurando que la FAN desconocerá a cualquier otro Presidente que no sea Hugo Chávez".

A su juicio, "las votaciones no son una guerra, sino un acto pacífico y civil donde se cambia el destino y la alternabilidad democrática. Los militares deben participar, pero como ciudadanos. Dejar una copia de las actas de votaciones, que es un acto eminentemente ciudadano, en manos del Comando Estratégico Operacional, es una aberración del sistema político y de la sociedad civil".

Entretanto, Sobella Mejías, exrectora del Consejo Nacional Electoral, respalda lo planteado por Castillo y recuerda que el artículo 328 de la Constitución establece que la FAN "está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna".

Agrega que durante un proceso electoral, el cuerpo armado tiene como facultad la custodia de los centros de votación y el resguardo y traslado del material electoral, que incluye la máquina de votación y el Sistema de Autenticación Integrado. Mejías considera que es inconstitucional establecer como una obligación, a través de la Lopre, que el cuerpo de seguridad se quede con los resultados de los comicios.

CERO ALARMA
Al respecto, el abogado constitucionalista y exjuez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Pedro Nikken, asegura que aunque comparte esta visión "hay que tener presente que nunca se ha registrado que esta intromisión de la Fuerza Armada en los procesos electorales tenga el efecto de cambiar el resultado de las elecciones".

Destacó que el comportamiento del Plan República ha generado críticas puntuales, como abuso de autoridad en ciertos centros de votación, "pero nunca en influir el resultado final".

Sobella Mejías opina que en los últimos procesos electorales la oposición ha participado en condiciones de desigualdad e igualmente le ha ganado al presidente Chávez. Recuerda los comicios de la reforma constitucional, las regionales de 2008 (donde el chavismo perdió en siete de las regiones más importantes del país) y en las parlamentarias de 2010.

"Aunque Rangel Silva afirme que está del lado del oficialismo, no quiere decir que toda la FAN está a su servicio. El soberano está por encima de cualquier individuo y cuando se pronuncia ellos tienen que obedecerle", sostiene la exrectora del ente comicial.

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