miércoles, 7 de septiembre de 2011

Su palabra vaya por delante

TalCualDigital

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estella Morales, señaló el domingo que la máxima instancia judicial del país no aceptará ningún fallo de un organismo multilateral que vaya en contra de la Constitución venezolana.



En estos términos, la magistrada hizo referencia al fallo que en pocos días anunciará la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso del ex alcalde de Chacao, Leopoldo López, a quien la Contraloría General de la República (CGR) inhabilitó políticamente por seis años, mediante un acto administrativo.

Desde Tal Cual saluda- mos la actitud de la presidenta del Poder Judicial, quien con su declaración ha abierto las puertas a una oportunidad histórica para reparar el desafuero cometido en 2008 por la Contraloría General y reestablecer la vigencia de la Constitución Bolivariana en materia de derechos políticos.

Porque si algo busca la Corte Interamericana es precisamente reivindicar el predominio de la Carta Magna y en particular de su artículo 65 en el que se señalan taxativamente las únicas causales por las cuales un ciudadano venezolano puede ser privado del derecho constitucional a optar a un cargo de elección popular: haber sido condenado "por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones (...) y a partir del cumplimiento de la condena".

López al igual que otros tantos venezolanos incluidos en una lista de más de 800 inhabilitados por el fallecido Clodosbaldo Russián, fue privado del derecho a ser elegido sin que mediara una sentencia judicial en su contra , como dice la Constitución; de hecho, sin que existiera siquiera un proceso penal o acaso una denuncia ante los tribunales en su contra.

Su caso es un ejemplo arquetípico de la indefensión del ciudadano ante el abuso de poder, de la politización de la función fiscalizadora y de la exclusión de prominentes figuras de la oposición por la vía de simples actos administrativos. Por eso decimos que la oportunidad de Luisa Estella Morales y del TSJ en pleno es histórica.

Pero el ámbito de la sentencia de la Corte Interamericana no se circunscribe sólo a Venezuela. Su esfera de aplicación abarca a todo el hemisferio y ampara a figuras como la ex senadora colombiana Piedad Córdoba quien, al igual que López en Venezuela, fue inhabilitada por vía administrativa (una resolución de la Procuraduría del vecino país le conculcó sus derechos políticos por 10 años).

Sin embargo, los antecedentes del TSJ en materia de defensa de la Constitución y cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana, no son del todo honrosos. En el caso del organismo jurisdiccional hemisférico, el máximo tribunal ha incumplido casi una docena decisiones en contra del Estado y a favor de ciudadanos venezolanos. Por lo que respecta al resguardo de la Carta Magna, una lista cada vez más larga de leyes y decretos han recibido el visto bueno del TSJ pese a contrariar la letra de la Constitución. Ahí están la reforma a la Ley de Descentralización que le quitó a los estados el manejo de puertos., aeropuertos y autopistas, pese a que el artículo 164 de la Constitución consagra que ésta es una competencia exclusiva de las regiones. También, la nueva Ley de procesos electorales, que eliminó el principio de representación proporcional consagrado en el artículo 184 de la Bicha para instaurar un sistema de sobrerepresentación de las minorías.

Los ejemplos sobran. Lo que está por verse es si Luisa Estella Morales es capaz de cumplir su palabra empeñada y de respetar un fallo que reivindique la vigencia de la Constitución venezolana.La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estella Morales, señaló el domingo que la máxima instancia judicial del país no aceptará ningún fallo de un organismo multilateral que vaya en contra de la Constitución venezolana.


En estos términos, la magistrada hizo referencia al fallo que en pocos días anunciará la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso del ex alcalde de Chacao, Leopoldo López, a quien la Contraloría General de la República (CGR) inhabilitó políticamente por seis años, mediante un acto administrativo.

Desde Tal Cual saluda- mos la actitud de la presidenta del Poder Judicial, quien con su declaración ha abierto las puertas a una oportunidad histórica para reparar el desafuero cometido en 2008 por la Contraloría General y reestablecer la vigencia de la Constitución Bolivariana en materia de derechos políticos.

Porque si algo busca la Corte Interamericana es precisamente reivindicar el predominio de la Carta Magna y en particular de su artículo 65 en el que se señalan taxativamente las únicas causales por las cuales un ciudadano venezolano puede ser privado del derecho constitucional a optar a un cargo de elección popular: haber sido condenado "por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones (...) y a partir del cumplimiento de la condena".

López al igual que otros tantos venezolanos incluidos en una lista de más de 800 inhabilitados por el fallecido Clodosbaldo Russián, fue privado del derecho a ser elegido sin que mediara una sentencia judicial en su contra , como dice la Constitución; de hecho, sin que existiera siquiera un proceso penal o acaso una denuncia ante los tribunales en su contra.

Su caso es un ejemplo arquetípico de la indefensión del ciudadano ante el abuso de poder, de la politización de la función fiscalizadora y de la exclusión de prominentes figuras de la oposición por la vía de simples actos administrativos. Por eso decimos que la oportunidad de Luisa Estella Morales y del TSJ en pleno es histórica.

Pero el ámbito de la sentencia de la Corte Interamericana no se circunscribe sólo a Venezuela. Su esfera de aplicación abarca a todo el hemisferio y ampara a figuras como la ex senadora colombiana Piedad Córdoba quien, al igual que López en Venezuela, fue inhabilitada por vía administrativa (una resolución de la Procuraduría del vecino país le conculcó sus derechos políticos por 10 años).

Sin embargo, los antecedentes del TSJ en materia de defensa de la Constitución y cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana, no son del todo honrosos. En el caso del organismo jurisdiccional hemisférico, el máximo tribunal ha incumplido casi una docena decisiones en contra del Estado y a favor de ciudadanos venezolanos. Por lo que respecta al resguardo de la Carta Magna, una lista cada vez más larga de leyes y decretos han recibido el visto bueno del TSJ pese a contrariar la letra de la Constitución. Ahí están la reforma a la Ley de Descentralización que le quitó a los estados el manejo de puertos., aeropuertos y autopistas, pese a que el artículo 164 de la Constitución consagra que ésta es una competencia exclusiva de las regiones. También, la nueva Ley de procesos electorales, que eliminó el principio de representación proporcional consagrado en el artículo 184 de la Bicha para instaurar un sistema de sobrerepresentación de las minorías.

Los ejemplos sobran. Lo que está por verse es si Luisa Estella Morales es capaz de cumplir su palabra empeñada y de respetar un fallo que reivindique la vigencia de la Constitución venezolana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario