miércoles, 17 de marzo de 2010

Retroceso histórico //VenEconomía 17Mar10


Por: VenEconomía 17Mar10
En las últimas décadas del Siglo XX, Venezuela alcanzó el logro de la descentralización. La elección popular acercó a los mandatarios regionales, municipales y parroquiales a las necesidades de sus vecinos y obligó a la rendición de cuentas.Con la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, promulgada el 22 de febrero de este año, se le da al proceso democrático de descentralización una estocada final, y se obliga a un retroceso histórico a las regiones.La Ley pone bajo el mando directo del Presidente de la República el destino y el manejo de los recursos de las regiones. Se pretende con esta ley invalidar a las gobernaciones, alcaldías, concejos municipales y juntas parroquiales, para sustituirlas por organizaciones del "poder popular," entre las que se contempla una gama de estructuras como las comunas, comunidades socialistas y diferentes colectivos (léase grupos caracterizados por su violencia y anarquía, como La Piedrita, los Tupamaros, o Alexis VIVE).Gracias a esta Ley, Hugo Chávez toma el control de las regiones, a través de los nuevos "Distritos Motores de Desarrollo", es decir las nuevas unidades territoriales que decretará el Ejecutivo Nacional y que responderán a un modelo de desarrollo "sustentable, endógeno y socialista". Y aunque, entre los objetivos de estos distritos estaría el de fortalecer al poder popular, la designación de la "autoridad única distrital", la convocatoria de los consejos federales de Gobierno, la asignación presupuestaria y todo su funcionamiento quedan totalmente bajo la égida presidencial.Si la Ley es retrógrada y perjudicial a los intereses de la población, el Reglamento de la Ley, publicado en Gaceta Oficial del 9 de marzo, es aún peor, pues en él se ponen de manifiesto en toda su magnitud las graves implicaciones que esta legislación tiene para los derechos de propiedad privada del venezolano.El reglamento introduce una definición muy sui géneris del socialismo endógeno que Chávez aúpa. Según éste se requiere el desarrollo de la "propiedad social", donde se extingue el derecho constitucional de disposición del patrimonio de los ciudadanos. De prosperar este objetivo, ya ni su casa será su casa.También se define la Comuna, una entelequia que no está contemplada en la Constitución, como el espacio socialista que integra comunidades vecinas y que va en concordancia con el régimen de producción social y del modelo de desarrollo endógeno.Pero, son los artículos 4, 44 y 46 del Reglamento de Ley los que aclaran realmente la magnitud de las implicaciones legales en toda su extensión.En dos platos, allí se establece que la función planificadora del Consejo Federal de Gobierno será desarrollar "orgánicamente todo el territorio nacional bajo criterios de desarrollo endógeno, sustentable y socialista". Es decir, un comité nombrado por Hugo Chávez, por tanto obediente a sus órdenes, podrá cambiar la estructura político-económico y geográfica del Estado, dejando como fútiles adornos las autoridades regionales electas por el pueblo.

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