Por: VenEconomía
En marzo de 2006, los economistas, José Guerra, Orlando Ochoa P., Jesús Rojas D. y Oscar García Mendoza introdujeron ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, un recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra las enmiendas a la Ley del Banco Central de Venezuela, publicada en la Gaceta Oficial Nº 38.232 del 20 de julio de 2005.
Esta Ley fue reformada para complacer las solicitudes del Presidente de que se le traspasaran "millarditos" provenientes de las reservas internacionales supuestamente "excedentarias" al Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) para ser manejadas por el Presidente a conveniencia de su proyecto político.
Este recurso ante el TSJ tenía como objetivo que se aplicaran las garantías constitucionales para (a) restaurar la autonomía del Banco Central, (b) ratificar la obligación de Petróleos de Venezuela (PDVSA) de vender al Banco Central de Venezuela "todas las divisas producto de las exportaciones petroleras" y (c) ratificar la prohibición de que el BCV financie los déficits fiscales tanto del gobierno central cómo de las cuentas consolidadas del estado venezolano.
Ahora, transcurridos casi cinco años de que se introdujera ese recurso, y con $38,8 millardos traspasados al Fonden y ya dilapidados, el máximo Tribunal de la República, de manos de la magistrada Luisa Estela Morales, ponente del caso, declaró sin lugar la solicitud de nulidad interpuesta.
Y con ello, se termina de concretar la destrucción del BCV.
En cualquier país del mundo, el banco central debe gozar de total autonomía de las autoridades fiscales, a fin de poder ejercer con independencia su rol en el control de la inflación, así como el de garantizar la estabilidad de los precios y el valor de la unidad monetaria. Y si bien es cierto que las políticas monetarias y fiscales deben estar armonizadas, ello no significa la subordinación a la política económica del Gobierno Central.
Ahora, con la decisión del TSJ se reviste de "legalidad" la subordinación del BCV al Ejecutivo Nacional, y por ende se "legaliza" la destrucción de la autonomía del ente emisor y se "legaliza" que éste financie los déficit fiscales producidos por la mala gestión del Gobierno.
El golpe de gracia del TSJ le pone un manto supuestamente legal al traspaso de las reservas al Fondo de Desarrollo que maneja el Presidente a su discreción para darle sostenibilidad a su particular proyecto político. Fondo que tiene pendiente su Informe Financiero desde hace dos años.
Mientras, se condena a la población a más años de sufrimiento, producidos por una economía altamente inflacionaria, con una moneda encadenada a nuevas y continuadas devaluaciones.
Esta Ley fue reformada para complacer las solicitudes del Presidente de que se le traspasaran "millarditos" provenientes de las reservas internacionales supuestamente "excedentarias" al Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) para ser manejadas por el Presidente a conveniencia de su proyecto político.
Este recurso ante el TSJ tenía como objetivo que se aplicaran las garantías constitucionales para (a) restaurar la autonomía del Banco Central, (b) ratificar la obligación de Petróleos de Venezuela (PDVSA) de vender al Banco Central de Venezuela "todas las divisas producto de las exportaciones petroleras" y (c) ratificar la prohibición de que el BCV financie los déficits fiscales tanto del gobierno central cómo de las cuentas consolidadas del estado venezolano.
Ahora, transcurridos casi cinco años de que se introdujera ese recurso, y con $38,8 millardos traspasados al Fonden y ya dilapidados, el máximo Tribunal de la República, de manos de la magistrada Luisa Estela Morales, ponente del caso, declaró sin lugar la solicitud de nulidad interpuesta.
Y con ello, se termina de concretar la destrucción del BCV.
En cualquier país del mundo, el banco central debe gozar de total autonomía de las autoridades fiscales, a fin de poder ejercer con independencia su rol en el control de la inflación, así como el de garantizar la estabilidad de los precios y el valor de la unidad monetaria. Y si bien es cierto que las políticas monetarias y fiscales deben estar armonizadas, ello no significa la subordinación a la política económica del Gobierno Central.
Ahora, con la decisión del TSJ se reviste de "legalidad" la subordinación del BCV al Ejecutivo Nacional, y por ende se "legaliza" la destrucción de la autonomía del ente emisor y se "legaliza" que éste financie los déficit fiscales producidos por la mala gestión del Gobierno.
El golpe de gracia del TSJ le pone un manto supuestamente legal al traspaso de las reservas al Fondo de Desarrollo que maneja el Presidente a su discreción para darle sostenibilidad a su particular proyecto político. Fondo que tiene pendiente su Informe Financiero desde hace dos años.
Mientras, se condena a la población a más años de sufrimiento, producidos por una economía altamente inflacionaria, con una moneda encadenada a nuevas y continuadas devaluaciones.
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