viernes, 22 de marzo de 2013

¿Y que soluciona?/VenEconomía viernes 22mar13

Por: VenEconomía
Harta la continuidad de errores y malas políticas que azotan a cada uno de los sectores productivos del país que, no solo no dejan beneficio alguno a los ciudadanos sino que, por el contrario, le merman su acceso a los bienes y productos básicos.

Esta vez el turno le tocó de nuevo al sector farmacéutico, al que ahora el gobierno de Nicolás, el encargado, impuso con la Resolución 028 del Ministerio de Salud unas Normas Sanitarias Complementarias para la Regulación de la Prescripción y Dispensación de Medicamentos.
Entre otras imposiciones la norma obliga a que los médicos y odontólogos en Venezuela al prescribir los tratamientos señalen únicamente el principio activo o Denominación Común Internacional (DCI) del producto farmacéutico, con el falaz argumento de “acceso equitativo” a los medicamentos y supuesta “libertad de elección” de los mismos según “su costo, entre productos de igual composición, forma farmacéutica y dosificación, y no de acuerdo con la marca comercial”.
Al igual que los procedimientos actuales, los nuevos récipes deben especificar la concentración del medicamento; la dosis exacta por unidad posológica; la forma farmacéutica y vía de administración; junto con la fecha de emisión y expiración de la receta. Adicionalmente, deberán especificar una docena de otros datos, que deben ser legibles, so pena de no poder ser despachados por las farmacias, entre ellos: el nombre, apellido, número de Cédula de Identidad y año de nacimiento del paciente; nombre, apellido, cédula, número de registro ante el Ministerio de Salud y la firma del galeno; nombre, dirección y RIF del centro de salud, en forma impresa o sellada.
Las recetas deben hacerse en duplicado, una copia a las farmacias y otra para el paciente con sello que indique la fecha de dispensación del medicamento, el nombre del establecimiento y su RIF. A los laboratorios se les obliga a colocar la DCI en los estuches y etiquetas, y en las promociones y publicidad del medicamento.
Entre las nuevas normas también está la prohíbición de que los récipes lleven publicidad de marcas o de laboratorios farmacéuticos. El incumplimiento de la normativa expone a los infractores a sanciones contempladas en la Ley Orgánica de Salud y la Ley de Medicamentos.
Estas normas no traen alivio alguno para un sector ya golpeado por: 1) La política de control de precios del Gobierno que desde 2003 mantiene reguladas 1.400 medicinas de primera necesidad por debajo de su costo de producción y que lejos de flexibilizarse parece se profundizará ya que ahora a Sundecop está inmersa en “un proceso para definir el justo valor de todos los medicamentos que se expenden en el país”. 2) El control cambiario que dificulta la obtención de divisas oficiales para importar medicamentos que no se producen en el país o los componentes primarios e insumos para su elaboración, y el consiguiente retraso en el pago a los proveedores internacionales. 3) La nueva Ley del Trabajo, que incrementa los costos laborales y dificulta el trabajo de turnos nocturnos y en días de asueto a las farmacias.
Ahora, con la nueva normativa del Ministerio de Salud que entra en vigencia el 18 de abril, se le agregará mayor burocracia, enrevesada permisología y se le inyectará más restricciones, mayores controles y nuevas penalizaciones a las empresas del sector, sin que esto implique más calidad, mejores precios y garantía de abastecimiento de los fármacos a los ciudadanos.

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