martes, 5 de enero de 2010

Prohibidas peleas de caninos y otros actos de tortura animal


La Ley para la Protección de la Fauna Doméstica, que entró en vigencia este lunes, establece sanciones de hasta 100 unidades tributarias por delitos contra los animales. Igualmente, restringe la tenencia de perros pitbull, que serán prohibidos en el 2014

AR/El Nacional
La nueva ley para la protección de la fauna doméstica libre y en cautiverio fue publicada en Gaceta oficial este martes. En el texto se excluyó la prohibición del sacrificio animal con fines religiosos, la cual fue discutida como parte del texto presentado en la Asamblea Nacional.

La norma establece términos y regulaciones para la tenencia, manipulación y tratamiento médico de animales domésticos, uso en exhibiciones y disposición de animales libres.

En el texto se prohiben las peleas entre caninos, bajo pena de multas, confiscación de especies y locales y otras sanciones accesorias. Al detectarse la práctica se sanciona tanto a los dueños de los animales como a los propietarios del local donde se efectúan las peleas.

En cuanto a los perros pitbull, la legislación vigente permite poseerlos mientras éstos se mantengan encerrados en su lugar de residencia. A partir del 31 de diciembre del año 2014 queda prohibida definitivamente la tenencia de esta especie
Los propietarios de mascotas, de acuerdo a esta ley, están obligados a registrar a sus animales ante la autoridad municipal. También deberán responder por cualquier daño material o alteración del orden público que éstas ocasionen, disponer adecuadamente de sus desechos sólidos y evitar transportarlos en unidades colectivas.

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